martes, 27 de enero de 2015

NOTICIA

CÓMO CAMBIA EL SISTEMA EDUCATIVO CON LA LEY INCLUSIÓN



Lo que debes saber sobre el fin de la selección y el copago.

La recién aprobada Ley de Inclusión cambia el sistema educacional chileno, el más mercantilizado del mundo, transformando la educación desde un bien de consumo a un derecho social.
Actualmente, los colegios particulares subvencionados, además de recibir financiamiento del Estado, pueden cobrar un copago a las familias, seleccionar o elegir a sus estudiantes por razones religiosas, situación socioeconómica o rendimiento académico mediante pruebas a partir de los 11 años. También pueden lucrar, es decir, obtener utilidades que en lugar de reinvertirse en la educación de los niños y niñas, se distribuyen entre los dueños. Esto no ocurre en ninguna parte del mundo.
 
Lo que se mantiene y lo que cambia
La Ley de Inclusión empezará a regir desde el 1º de marzo del año 2016, pero para asegurar un tránsito seguro al nuevo sistema, la implementación de muchas de sus normas será gradual, es decir, tendrán un plazo mayor para su aplicación.
 
Es importante aclarar que la Ley no pone en riesgo el cierre de ningún colegio, salvo de aquellos cuyos dueños no quieran dejar de lucrar para continuar desempeñándose en el rubro educacional como si fuera un negocio.
 
A continuación lo que cambia y lo que se mantiene:
Provisión mixta: Seguirán existiendo colegios públicos (municipales), particulares subvencionados y privados sin aportes del Estado.
 
Proyectos educativos: Colegios seguirán teniendo libertad para establecer y llevar a cabo su propio proyecto educativo.
 
Copago: En todos los colegios que reciben aportes del Estado –públicos y particulares subvencionados– será éste quien financie la educación y se dejará de cobrar a los padres. Para esto se aumentarán los recursos que pone el Estado y se crearán nuevas subvenciones. El fin del cobro será gradual: el año 2017 se eliminará el copago para el 93% de los colegios, lo que significa que un gran número de familias que hoy pagan por la educación de sus hijos dejarán de hacerlo. Es importante aclarar que ningún colegio verá disminuidos sus recursos.
 
Selección: Los colegios públicos y particulares subvencionados por el Estado deberán admitir a todos los y las estudiantes que postulen a ellos, tanto en educación básica como en media, sin seleccionar ni por razones socioeconómicas, religiosas, rendimiento académico, situación familiar, etc.
Para garantizar que así ocurra habrá un sistema centralizado de postulación al que accederán las familias indicando los colegios en el orden de su preferencia, quedando todos aceptados en su primera opción. Cuando haya más postulantes que cupos, se preferirá a los que tengan hermanos en ese establecimiento o sean hijos de personas que trabajan en él. Para llenar el resto de los cupos habrá un sorteo en el que participan todos con las mismas posibilidades y derecho.
  • Excepción: desde 7º básico, podrán seleccionar hasta el 30% de sus estudiantes, aquellos colegios que demuestren al Mineduc tener un proyecto educativo artístico, deportivo, que exijan talentos especiales o de alta exigencia académica, y que cuenten con la debida autorización. Entran en esta excepción los denominados liceos emblemáticos, que podrán seleccionar dicho 30% de entre el 20% de estudiantes con mejor rendimiento.
  • No discriminación: Ningún colegio, ni aún los privados sin aportes del Estado, podrán discriminar arbitrariamente a sus estudiantes por razones socioeconómicas, situación de la familia, proyecto educativo, religión, etc.
  • Expulsión. Para evitar la segregación mediante la expulsión, se establecen restricciones a las expulsiones y se prohíbe expresamente que se lleve a cabo por embarazo, cambio de estado civil de los padres y por repetir una vez en educación básica y una vez en educación media.
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